Mancha Santiaguista IV
Pedro Muñoz I
Como otras villas de la Mancha Santiaguista, Pedro Muñoz se despobló en un momento de la Edad Media.
Al igual que sus vecinas del Común de la Mancha, Palomares, La Higuera, Gúzquez, Vejezate, Manjavacas, sus pobladores abandonaron sus iglesias, ermitas, moradas, terrenos de cultivo, viñas y dehesas y se instalaron en pueblos vecinos que les ofrecían más seguridad y comodidad, si se puede afirmar eso en una época convulsa.
Tuvo el final que otras villas, Manjavacas, sus vecinos se instalaron cerca de lagunas, pero, al igual que ellas, tuvieron que abandonar el lugar que eligieron sus antepasados, huyendo de las fiebres tercianas que no perdonaban a plebeyos y reyes, desde la Reina Católica hasta Felipe II, enfermedad hoy día conocida como paludismo.
Edificio del Ayuntamiento de Pedro Muñoz
Cuando los vecinos de Pedro Muñoz dejaron su querido lugar, otros se aprovecharon de él, se repartieron tierras, pastos de ganados, abrevaderos, en cuatro partes, una para Socuéllamos, otra para La Mota, El Toboso y Campo de Criptana, también es cierto que estas villas pagaron su cuarto correspondiente, de los lugares ocupados, al pedido ordinario de la Mesa Maestral desde los primeros instantes que se instalaron en ellos, y que, como en el caso de El Toboso, cuidó de su antigua iglesia.
En la visita de los reformadores de la Orden de Santiago, realizada el 17 de agosto de 1480, el comendador Fernando Díaz de Ribadeneira, tomó las cuentas que pagaba la villa de La Mota a la Mesa Maestral, declarando que entregaban 7.385 maravedís por su pedido más el correspondiente al cuarto de Pedro Muñoz:
«Tiene más el dicho logar, el pedido con el quarto de Pero Munyos, que vale syete mill e trezientos e ochenta e çinco maravedís.»
[AHN,OM,UCLÉS,L.1064]
En la visita del 14 de marzo de 1495 realizada por Diego de Vera, comendador de Calzadilla, Pedro de Ludueña, comendador de Aguilarejo, Pedro Alonso de Estremera, freyle de la Orden y abad de Trianos, se toma cuenta al mayordomo Pedro Hernández Medianero, vecino del Toboso que cuida de la iglesia de Pedro Muñoz:
«Paresçe, por una visytaçión del Prior de Uclés, que visytó la yglesia de Pero Muños que es un logar despoblado. E tomó quenta a Pero Herrándes Medianero, mayordomo de la dicha yglesia. E fue alcançado por dozientos e quatro maravedís, y tres fanegas e quatro çelemynes de trigo, e çinquenta e syete fanegas e tres çelemynes e medio de çevada. Lo qual se mandó sentar aquí por relaçión.»
[AHN,OM,UCLÉS,L.1067]
Manjavacas también se despobló a finales de la Edad Media, entre los años 1460 a 1480, en un proceso que venía durando cerca de 100 años, pero bastante más tarde que Pedro Muñoz, por razones parecidas a su villa vecina, y al igual que ella se repartieron sus tierras, principalmente entre Socuéllamos y La Mota, no sin numerosos pleitos que llegaron hasta el s. XIX, finalizándose éstos por algo de dejadez del consistorio de Socuéllamos. Desde mi punto de vista, en este caso, la razón amparaba más a los habitantes de La Mota, pues estos eran los nietos de aquellos que salieron de Manjavacas.
Sea como fuere, una vez pasadas las penurias de la Edad Media, y ante el brillo del sol radiante que proporcionaba la llegada de los Austrias a España, junto con el descubrimiento de las Indias, se cambió el sentido de la hégira sucediendo una etapa de repoblación.
Así, en el año 1505, varios vecinos de La Mota solicitan repoblar Manjavacas. Hubo un intento de habitar nuevamente el lugar en el primer cuarto del s. XVI, pero no acabó fructificando, permaneciendo despoblada como hasta la fecha, aunque a decir verdad no faltó mucho para que se hubiese formado
una villa Manjavacas al lado de la laguna, de haber sucedido así hoy día La Mota no hubiese sido lo que es, pero esta es otra historia a la que dedicaré unas líneas no tardando mucho.
Sí tuvo éxito Pedro Muñoz, que encontró la persona con el carácter necesario para enfrentarse a unos y otros, hasta poblar la villa deshabitada y formar una comunidad fuerte, luchadora y trabajadora, que supo defender su lugar ante el empuje de las cuatro villas cercanas que habían poseído sus tierras por más de cien años. Este hombre natural de Valera, proveniente de Villamayor no podía ser otro más que «Iohan Mayordomo», el Juan Mayordomo cuya historia conoce todo Pedro Muñoz y que no voy a ser yo quien la cuente en esta narración.
Ese es el breve comienzo de la historia que les quiero contar a continuación:
Rebuscando manuscritos de la Orden de Santiago en el AHN, entre los miles que se archivan en tan portentosa y magnífica institución, cuyo 150 aniversario se celebra en estos días, apareció uno de un solo folio, con escritura no muy cuidada, supongo porque estaría pendiente de ser pasada a un folio con escritura mejorada, cuentas de apuntes añadidas en números romanos con los grafismos propios del s.XVI, con alguna frase en el pie del folio escrita boca abajo, pero cuyo contenido era sorprendente:
Nada más y nada menos que la sentencia dada por el Consejo de Ordenes a favor de Juan Mayordomo para que pudiera habitar y edificar en el lugar de Pedro Muñoz, él y los que quisieran acudir allí que pidieran permiso previo al rey.
Es el momento en que nacieron los pedroteños, el momento en que tenían derecho a su pueblo y a sus tierras sin que nadie se atreviese a despojarles de ellas, salvo que se enfrentasen a la justicia del rey. Fue redactada en Ocaña el día 22 de noviembre de 1530.
Enseguida pensé en informar a todos los habitantes de Pedro Muñoz, creo que tengo este deber para con ellos, y a ellos va también dedicadas estas líneas.
Aquí amigos esta la transcripción de vuestra «Carta Puebla»:
En la villa de Ocaña a xxii días del mes de novienbre de IU d xxx años.
Visto por los señores del Consejo delas Órdenes el proçeso de pleyto que ante ellos pende entre Iohan Mayordomo e Benyto Valera, por sy y en nonbre delos otros abitantes e moradores en el logar de Pero Muñyz dela una parte, e dela otra los conçejos delas villas del Touoso, y La Mota, y Canpo de Critana, y Soquéllamos, e sus procuradores en sus nonbres, sobre razón dela poblaçión del dicho logar de Pero Muñoz, dixeron que davan e dieron liçençia e facultad, a los vezinos del dicho logar, para que puedan poblar e rehedificar en él todas las casas e otros hedefiçios que quysyeren e por bien tovieren, asy los vezinos que agora están en el dicho lugar como los de aquy adelante vinyeren e quysyeren estar en él, con tanto que los dichos pobladores sean obligados a sacar, primeramente, liçençia de Su Magestad para ello.
Y mandaron que los abrevaderos questán en el térmyno y sytio del dicho logar de Pero Muñoz, sean e queden comunes a las dichas villas, e a cada una de ellas, por todo el año, syn sacar dello las syete semanas.
E ansy dixeron que lo pronunçiavan e declaravan syn hazer condenaçión de costas contra nynguna ny alguna delas dichas partes.